Bienvenidos

Desde la Junta de Gobierno de la Hermandad de la Santa Cruz de la Calle Sevilla y en nombre de todos los hermanos de esta Centenaria corporación, os damos nuestra más cordial bienvenida a este blog, que con seguridad nos servirá a todos para conocer mejor nuestra Hermandad y su vida asociativa, y así enriquecernos a nivel personal y colectivo.

jueves, 25 de agosto de 2016

Feria 2016 - Bonos JOPI


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¡¡No te quedes sin el tuyo!! 

domingo, 14 de agosto de 2016

"Aquí tienes a tu Madre".

(XXV aniversario del Hermanamiento de las Hdades. de la Virgen del Valle y la Santa Cruz de la Calle Sevilla).

Queridos hermanos, cuando se me solicita esta colaboración como Presidente de la Fervorosa Hermandad de Ntra. Sra. del Valle Coronada, en estas Bodas de Plata del Hermanamiento de ambas hermandades, nos encontrábamos inmerso en el proceso electoral para la nueva Junta de Gobierno, y todo lo que pude contestar es que cumpliría el encargo, pero haciéndolo ya como Ex presidente, siendo un placer de servirles  brevemente para recordar aquella importante efeméride.

Quiero empezar diciendo que el hermanamiento entre dos corporaciones eclesiales es un acto simbólico, ya que todas las hermandades ya somos hermanas en una misma Madre, que es la Iglesia. Que como todas las madres, nos cuida y nos alimenta para que bajo su amparo consigamos llegar a la madurez, y una vez en ese punto podamos dar fruto, generar y producir para ser luz, sal y fermento en el mundo. También somos todos hermanos en un mismo Padre Dios (Creador de todo, dador de vida…) y compartimos un hermano que entrego su vida (en la Cruz) y nos salvó, Nuestro Señor Jesucristo. Conclusión ya desde que fuimos constituidas nacimos siendo hermanas, en una familia llamada Iglesia.

Pero este acto simbólico, es bello que ocurra, porque ante los demás nos muestra que somos uno, “Que todos sean uno: como tú, Padre, estás en mí y yo en ti,…, para que el mundo crea...”(1) .Por ello la Fervorosa Hermandad de Ntra. Sra. del Valle, en su Reglamento de Distinciones, reservó un capitulo a los hermanamiento con otras corporaciones eclesiales, que comienza así,

“ARTÍCULO NUEVE: HERMANAMIENTOS. Disposición Primera: siempre deberá existir algún vínculo con la corporación con la que se vaya a realizar el Hermanamiento, dándole prioridad a las Hermandades Locales…”(2).


Cuando durante años te dedicas en el seno de una hermandad a trabajar con los tuyos, para promover el amor y la devoción a la Excelsa Patrona de La Palma, siempre se aprecia estos actos de fomentar esa devoción hacia Ella. De una manera u otra observas como con tanto amor todas las hermandades en comunión con sus hermanos, quieren obsequiar a la Santísima Virgen del Valle grandes tributos y homenajes, así lo pudimos ver todos cuando entorno a la Coronación Canónica todas dejaron un recuerdo en Ella para la posteridad. Signo de agradecimiento, amor y devoción.

Se gesta este hermanamiento promovido por los Jóvenes Piomperos, presidía la Hermandad de Nuestra Señora del Valle D. Francisco Espinosa Gordillo, y la de la Santa Cruz el querido y recordado D. Manuel Díaz López. Yo aun no formaba parte de la junta de gobierno de la Hermandad de Ntra. Sra. del Valle, ya que esto ocurriría en octubre de 1993, dos años después. Si me tocó vivir más de cerca cuando en el Xº aniversario se le hizo por parte de la Hermandad la entrega de la medalla de plata dorada que pende debajo de la pintura de Nuestra Señora, insigne obra del pintor Santiago Martínez, siendo entonces los presidentes D. Antonio J. Baeza Angulo y D. Antonio Pino Montes, de la Hermandad de Ntra. Sra. del Valle y de la Hermandad de la Santa Cruz respectivamente.


Este hermanamiento venia a sellar la primera intención de este grupo de jóvenes, que desde sus inicios puso a nuestra Excelsa Patrona como su protectora, y reforzaba esa vinculación devocional que esta hermandad (la de la santa Cruz) siempre quiso mostrar hacia su Excelsa Patrona la Santísima Virgen del Valle. Así se recoge en el documento firmado con motivo del Xº aniversario del hermanamiento “Vistos y comprobados los antecedentes, en los cuales se reconocen los meritos suficientes, probada devoción, gran respeto y amor hacia la Santísima Virgen, ofreciendo continuas muestras de ferviente adhesión a la misma(3).

Lo que ocurrió aquel Quince de Agosto de hace Veinticinco años es difícil de olvidar, primero ver el Simpecado, que ya en 1954 acompañó a la Santísima Virgen a la ciudad de Huelva, por la nave central de un abarrotado templo Parroquial, para poco a poco situarse a las plantas de la Gran Señora, Ella en su paso exornado de nardos, con su manto de tisú. Abajo la imagen repetida pero con el “Juanmanuelino” manto de la flor de lis; después la ofrenda floral a la más bella de las flores; y por último el intercambio de medallas entre los presidentes y los abrazos, junto a la lectura de las actas y aceptaciones por ambas entidades de aquel fraternal acto. Otro párrafo del documento del Xº aniversario plasma perfectamente las intenciones de lo allí acontecido “Ambas Juntas de Gobierno tienen a bien manifestar y ratificar públicamente dicha efeméride, reafirmando los vínculos y lazos de hermandad, unidos bajo una misma devoción y religiosidad teniendo como Madre, a la bienaventurada Virgen María bajo la advocación de Nuestra Señora del Valle, y ante cuyo amparo y patrocinio se acogen”(4).   

Nuestra fe nos muestra a María siempre al pie de la Cruz, aquel día fue al revés, la Cruz con sus gentes, se ubicaron al pie de María, su Madre, su Protectora, su Reina Coronada de Amor… Que quede para memoria de ese día lo importante, que todos permanezcamos unidos, en el amor a la Iglesia, la Madre que nos dio a luz y nos hace crecer

Concluyo con las palabras fundacionales de la Iglesia, al pie de la Cruz, “«Mujer, aquí tienes a tu hijo». Luego dijo al discípulo, «aquí tienes a tu madre»”(5).



Guillermo López Toscano
Expresidente de la Fervorosa Hdad. de Ntra. Sra. del Valle Coronada.





[1] Jn 17, 21
[2] Reglamento de Distinciones de la Fervorosa Hdad. de Ntra. Sra. del Valle. Aprobado en Cabildo General extraordinario de Hermanos. 23 de julio de 2014.
[5] Jn 19, 26-27

jueves, 11 de agosto de 2016

Bingo


Nuevamente, la Junta de Gobierno de la Hermandad de la Santa Cruz de la Calle Sevilla. Organiza  un magnífico BINGO. El cual se procederá a su sorteo el miércoles día 5 de octubre del 2016, sorteo que se transmitirá en los estudios de Telepalma.

Realizaremos dos jugadas con los mismos premios en ambas, 100 € la línea y 300 € al Bingo.

Para conseguir el cartón se pueden dirigir a cualquier miembro de la Junta de Gobierno o bien dirigirse a la Secretaria de la Hermandad.

Consigue tu cartón y juega con nosotros. Mucha suerte.

martes, 9 de agosto de 2016

XXV Años de Hermanamiento con la Hdad. Ntra. Sra. del Valle



En este año 2016 la Hermandad de la Santa Cruz de la Calle Sevilla celebra los 25 años de hermanamiento con la Hermandad de la Virgen del Valle. Por este motivo, el domingo día 14 de agosto estaremos acompañando a nuestra Patrona participando en la Novena que se celebra en su honor. 

En el año 1991, el grupo joven JOPI se dio a conocer ante los palmerinos en la novena a la Virgen del Valle, con una ofrenda floral, por lo que este año también estarán presentes el día 14, como así lo han venido anunciando en los actos que organizaron para festejar sus 25 años de historia. 

A las 20:30 h. del citado día 14 de agosto, trasladaremos nuestro Simpecado desde la Capilla hasta la Parroquia, para presidir la Eucaristía de ese día junto a Ntra. Sra. del Valle Coronada. 

La Junta de Gobierno invita a todos los piomperos y simpatizantes a que nos acompañen en este traslado del Simpecado y asistan a la novena en honor a nuestra Patrona.

lunes, 1 de agosto de 2016

Elecciones a Junta de Gobierno.


La Junta de Gobierno de la Hermandad de la Santa Cruz de la Calle Sevilla reunida en sesión extraordinaria el 13 de junio del presente, dio por iniciado con fecha 8 de agosto el proceso electoral, para la renovación de la Junta de Gobierno una vez transcurrido la legislatura.

El Censo de los miembros electores, con los datos que figuran en el libro de hermanos, se expondrá al conocimiento de todos los hermanos durante un plazo de veinte días naturales desde la convocatoria de elecciones para resolver las posibles incidencias.  (La Casa-Hermandad estará abierta en horario de 19:30 a 20:30 horas.)

Serán Miembros elegibles, todos los hermanos de pleno derecho que reúnan las siguientes condiciones:
- Tener cinco años de antigüedad ininterrumpida en la Hermandad.
- Tener su domicilio en la Diócesis de Huelva.
- No pertenecer a la Junta de Gobierno de otra Hermandad.
- Encontrarse al día en la cuota de hermanos.
- No podrán ser miembros de la Junta de Gobierno aquellos hermanos que ocupen puestos directivos en algún partido político, o ejerzan cargos públicos a nivel central, autonómico o, provincial o local.

La Presentación de candidaturas finalizara un mes desde la fecha de convocatoria de elecciones (8 de septiembre). Estas deberán ser cerradas en la cual figurara encabezando la lista el nombre del Presidente y seguido por todos los demás componentes de la Junta de Gobierno, dicha composición no podrá sobrepasar en ningún caso de veinte componentes.

En estos días se irán añadiendo más información sobre este proceso electoral.


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INDICACIONES SOBRE LAS ELECCIONES



Artículo 35.- Censo de miembros electores.

1.- En las elecciones previstas en los presentes Estatutos, son electores todos los hermanos de pleno derecho que al día de la fecha de las elecciones se encuentren al día en el pago de las cuotas.

2.- Para ello, el secretario de la Hermandad expondrá al conocimiento de los hermanos durante un plazo de veinte días naturales después de la celebración de convocatoria de elecciones el censo electoral con los datos de los electores que figuran en el Libro de Hermanos, que será definitivamente aprobado por la Junta de gobierno una vez resuelta por la misma las eventuales reclamaciones de los interesados.

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5.- Inmediatamente después de ser aprobado este censo, y garantizada la autenticidad de los datos, se dará a conocer definitivamente a todos los hermanos exponiéndolo públicamente tanto en la Casa-Hermandad como en la sede canónica de la misma, hasta el día de las votaciones.

6.- Todos los hermanos tienen el derecho a que se les facilite la consulta del censo, y a que se corrijan los errores observados.

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8.- Aquellos hermanos que a la hora de cerrar definitivamente el censo no hayan satisfecho la cuota de hermanos que tengan pendientes, no podrán ejercer su derecho al voto.

9.- Todo hermano que no conste en dicho censo, o en las legítimas modificaciones incorporadas al censo, en el momento de las elecciones no podrá ejercer su derecho a voto.



Artículo 36.- Miembros elegibles.
2.- Son miembros elegibles los hermanos de pleno derecho que reúnan las condiciones del apartado anterior y además:

a) Tenga cinco años de antigüedad ininterrumpidamente.

b) Tenga su domicilio en la Diócesis, adquirido conforme a lo dispuesto en el c. 102 § 1, y residan en un lugar que posibilite y facilite el cumplimiento de las obligaciones del cargo.

c) No pertenecer a la Junta de Gobierno de otra Hermandad.

d) Presentar en su caso, juntamente con la candidatura, la certificación de matrimonio canónico.

e) Seguir los programas de formación cristiana organizado por el Consejo de Hermandades y Cofradías.

f) Encontrarse al día, en la cuota de hermanos.

3.- No podrán ser miembros de la Junta de Gobierno, aquellos hermanos que ocupen puestos directivos en algún partido político (Cf. c. 317 § 4), o ejerzan cargos públicos a nivel central, autonómico, provincial o local.

4.- Todos los candidatos habrán de gozar de capacidad y suficiente disponibilidad personal para el ejercicio de la responsabilidad que la Iglesia pide a los dirigentes seglares, debiendo cumplir todas las exigencias que impongan las normas diocesanas.



Artículo 37.- Presentación de Candidaturas.


1.- Desde el momento del anuncio de elecciones, quedará abierto un plazo de un mes para le presentación de las candidaturas.

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3.- Una vez aprobada la lista de candidatos por la Autoridad Eclesiástica, la Hermandad hará pública dicha aprobación en el tablón de anuncios de la misma, para que los hermanos puedan conocer qué candidaturas se presentan.

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5.- Las candidaturas habrán de ser cerradas, en la cual figurará encabezando la lista el nombre del Presidente, y seguido por todos los demás componentes de su Junta de Gobierno con el cargo al que opta. Se entiende candidatura cerrada aquella que no es susceptible de variación por parte de los electores. Si la papeleta de votación presenta enmiendas, será computada como nula.

6.- Por cualquier hermano que se haya presentado como candidato a Presidente, el secretario de la Hermandad tiene la obligación de facilitar cuantos datos del censo de hermanos votantes le sean requeridos.



Artículo 38.- Desarrollo del Cabildo General de Elecciones.


1.- La Mesa Electoral se constituirá a la hora fijada, levantando Acta de todo ello el Secretario. Dicha Mesa deberá estar formada por dos miembros nombrados por la Junta de Gobierno entre aquellos Hermanos que no sean candidatos y que harán las veces de escrutadores. Será presidida por el Director Espiritual o Párroco como representante de la Autoridad Eclesiástica, quien velará por el fiel cumplimiento de las presentes normas, pudiendo suspender el Cabildo si su desarrollo no se ajustase a las mismas.

2.- Los candidatos a Presidente también podrán nombrar a un hermano como interventor.

3.- La Mesa Electoral estará constituida permanentemente durante el tiempo que se haya señalado en la convocatoria del Cabildo, pudiendo ampliar el plazo a juicio de la Mesa caso de que al momento del cierre estuviesen presentes hermanos que no hayan podido emitir su voto.

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5.- La votación será personal y secreta, y se realizará por el sistema de papeletas. El votante vendrá obligado a exhibir su Documento Nacional de Identidad u otro documento de carácter oficial a efectos de identificación, siendo introducida la papeleta en la urna por el Presidente de la Mesa o por cualquier otro componente de la misma en que aquél hubiera delegado. Si la papeleta de votación presentase enmiendas será computada como nula.

6.- Para los hermanos que aparezcan en el censo con domicilio fuera de la ciudad de La Palma del Condado se habilitará la posibilidad de votar por correo; posibilidad a la que podrán acogerse los hermanos por razón de enfermedad acreditada mediante certificado médico oficial.

a) A tal fin, deberán enviar un sobre cerrado con el voto, que se introducirá en otro donde adjuntarán una fotocopia del Documento Nacional de Identidad, y los hermanos enfermos, el certificado médico. El envío del voto por carta se hará por certificado de Correos con acuse de recibo.

b) El sobre se dirigirá al Secretario de la mesa electoral y llevará exteriormente el remite, nº de D.N.I. y firma del votante


c) Veinticuatro horas antes de la señalada para el comienzo del cabildo, el Secretario nombrado al efecto levantará Acta de los votos recibidos, numerados del uno en adelante, firmándolos y sellando el paquete, que quedará en las dependencias de la Hermandad bajo su custodia.


d) Finalizado el tiempo de votación personal, se introducirán en las urnas los votos por carta considerados válidos. Se anulan de éstos los de los hermanos que se hubieran personado.


7.- Para la validez de este Cabildo se requiere de un veinte por ciento del censo electoral. Si no se alcanzase, quedaría anulado y se convocaría un nuevo Cabildo en un plazo no superior a quince días, que deberá alcanzar el mismo quórum del veinte por ciento. Si tampoco se alcanzase el quórum en la segunda convocatoria, el Sr. Cura Párroco propondrá al Ordinario la composición de la Junta de Gobierno o el nombre del Presidente para su nombramiento, adoptando la decisión que proceda para garantizar la continuidad del gobierno de la Hermandad.

8.- Finalizada la votación se procederá al recuento de los votos por los miembros que presidieron las votaciones, levantándose acta de los resultados. En los dos primeros supuestos se requiere:

a) Si se presenta una sola candidatura, será elegida si alcanza la mayoría absoluta de los votantes.

b) En caso de que se presenten varias candidaturas, resultará elegida la que obtenga el mayor número de votos, que deberá ser, al menos, de la mayoría simple de los votantes.

c) En caso de empate, se tendrá por elegido el candidato a Presidente de mayor antigüedad en la Hermandad. Las dificultades que se puedan presentar serán resueltas conforme a los cánones 164-179.

9.- Una vez levantado acta, si la elección ha resultado eficaz, la Mesa Electoral proclamará a los elegidos, si bien la elección no surtirá efecto hasta que reciba la confirmación de la Autoridad Eclesiástica, que ha de solicitarse por medio del secretario saliente, en el plazo de ocho días, acompañando a su solicitud el acta de la elección con el visto bueno del Ordinario.


Artículo 60.- Cargos directivos.
1.- La Hermandad, debe tener, al menos para constituir la Junta de Gobierno, los siguientes cargos directivos:

a)     Presidente.
b)    Vicepresidente.
c)     Secretario.
d)    Vicesecretario.
e)     Tesorero.
f)     Vicetesorero.
g)     Fiscal.
h)    Consejero Económico.
i)     Vocal de formación.
j)     Vocal de caridad y de relaciones fraternas.
k)   Vocal de culto y espiritualidad.
l)      Vocal de manifestaciones religiosas públicas.
m)   Vocal del Grupo Joven.
n)    Prioste.
o)    Vocales
p)    Director Espiritual.


2.- La composición de la Junta de Gobierno no podrá sobrepasar e ningún caso, el número de veinte componentes.